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Términos de servicio

REGLAMENTO DE LOS CONTRATOS A DISTANCIA PRIMERA PARTE Objeto, Alcance, Bases y Definiciones Objeto ARTÍCULO 1 - (1) El presente Reglamento tiene por objeto regular los procedimientos y principios de aplicación relacionados con los contratos a distancia. Alcance ARTÍCULO 2 - (1) El presente Reglamento se aplica a los contratos a distancia. (2) Las disposiciones del presente Reglamento; a) Servicios financieros, b) Ventas realizadas a través de máquinas automáticas, c) La utilización de este teléfono con operadores de telecomunicaciones mediante un teléfono público, ç) Servicios relacionados con apuestas, sorteos, loterías y juegos de azar similares, d) Formación, transferencia o adquisición de bienes inmuebles o derechos relacionados con estos bienes, e) Alquiler de vivienda, f) Paquetes turísticos, g) Tiempo compartido, tiempo libre, servicio vacacional de larga duración y su reventa o permuta, d) Entrega de bienes de consumo diario tales como alimentos y bebidas hasta el domicilio o lugar de trabajo del consumidor en el marco de las entregas regulares del vendedor, h) servicios de transporte de pasajeros, siempre que se cumpla la obligación de proporcionar información en los párrafos a), b) y d) del primer párrafo del artículo 5 y se reservan las obligaciones contenidas en los artículos 18 y 19, i) Instalación, mantenimiento y reparación de bienes, i) Servicios sociales de apoyo a familias y personas, tales como servicios de residencias de ancianos, atención a niños, ancianos o pacientes, etc. Servicios sociales para el apoyo de familias y personas, tales como servicios de residencias de ancianos, cuidado de niños, ancianos o pacientes, i) Servicios de transporte de pasajeros, i) Servicios de transporte de pasajeros, no aplica a contratos relacionados. Fulcrum ARTÍCULO 3 - (1) Este Reglamento ha sido elaborado con base en los artículos 48 y 84 de la Ley de Protección al Consumidor de 11/07/2013 y numerada 6502. Definiciones ARTÍCULO 4 - (1) En la implementación de este Reglamento; a) Contenido digital: Todo tipo de datos presentados digitalmente, como programas informáticos, aplicaciones, juegos, música, vídeos y textos, b) Servicio: El objeto de todo tipo de transacciones de consumo distintas del suministro de bienes fabricados o prometidos para una tarifa o beneficio, c) Almacenamiento permanente de datos: Mensaje de texto, correo electrónico, Internet, disco, CD, DVD que permita al consumidor guardar y copiar la información enviada o enviada a él de manera que le permita estudiar esta información para un período de tiempo razonable de acuerdo con el propósito, y permite acceder exactamente a esta información, tarjeta de memoria y todo tipo de herramientas o soportes similares, ç) Ley: Ley N° 6502 de Protección al Consumidor, d) Bienes: ¿Cuáles son los tema de compras; bienes muebles, inmuebles de uso residencial o vacacional, así como toda clase de bienes intangibles tales como software, audio, video y bienes intangibles similares preparados para su uso en medios electrónicos, e) Contrato a distancia: Contratos establecidos entre las partes mediante el uso de herramientas de comunicación remota , incluido el momento del establecimiento del contrato y en el marco de un sistema creado para la comercialización remota de bienes o servicios sin la presencia física simultánea del vendedor o prestador y del consumidor, f) Contratos de proveedor establecidos mediante el uso de herramientas de comunicación remota, incluyendo el momento de establecimiento del contrato entre las partes, sin la presencia física simultánea del vendedor o prestador y del consumidor, sin la presencia física simultánea del vendedor o prestador, sin la presencia física simultánea del consumidor, Dec.: A persona natural o jurídica que presta servicios al consumidor con fines comerciales o profesionales, incluidas las personas jurídicas públicas, o actúa en nombre o por cuenta del prestador de servicios, g) Vendedor: Persona natural o jurídica que ofrece bienes al consumidor con fines comerciales o fines profesionales, incluidas las personas jurídicas públicas, o actúa en nombre o por cuenta del proveedor del bien, d) Consumidor: Persona natural o jurídica que actúa con fines comerciales o no profesionales, h) Medios de comunicación a distancia: Carta, catálogo, teléfono, fax, radio, televisión, mensaje de correo electrónico, mensaje de texto, i) Contrato paralelo: Se refiere a un contrato de bienes o servicios proporcionados al consumidor por el vendedor, proveedor o un tercero en relación con un contrato a distancia además de los bienes. o servicios objeto del contrato, tales como Internet, cualquier medio o entorno que permita el establecimiento de un contrato sin confrontación física. SEGUNDA PARTE Obligación de Información Previa Información Preliminar ARTÍCULO 5 -(1) Antes de establecer un contrato a distancia o aceptar cualquier oferta correspondiente, el consumidor deberá ser informado por el vendedor o prestador de tal manera que incluya todas las cuestiones siguientes. a) Las características básicas de los bienes o servicios objeto del contrato, b) El nombre o título del vendedor o proveedor, número MERSIS si lo hubiere, c) La identidad y dirección de la persona que actúa en nombre o cuenta del vendedor o proveedor, si lo hubiera, con la dirección completa, número de teléfono e información de contacto similar del vendedor o proveedor que permita al consumidor comunicarse rápidamente con el vendedor o proveedor, ç) Si el vendedor o proveedor tiene información de contacto diferente a la especificada en las quejas del consumidor (c ) Información sobre los mismos, d) El precio total del bien o servicio, incluidos todos los impuestos, que permita al consumidor contactar rápidamente con el vendedor o proveedor, pagado Oct Oct, si no puede calcularse anticipadamente por su naturaleza, el método de calcular el precio, si lo hubiera, todos los costos de envío, entrega y adicionales similares, si lo hubiera, e información de que los costos adicionales se pueden pagar si no se pueden calcular con anticipación, e) Costos adicionales cobrados a los consumidores en los casos en que el costo de uso del herramienta de comunicación remota durante el establecimiento del contrato no se puede calcular utilizando la tarifa habitual, f) Pago, entrega, información de desempeño y compromisos relacionados y métodos de resolución de quejas del vendedor o proveedor, si los hubiera, g) Condiciones para usar este derecho en casos en los que exista derecho de desistimiento, si lo hubiere, el costo adicional cobrado a los consumidores, información sobre la duración, procedimiento y transportista proporcionado por el vendedor para el reembolso, d) La dirección abierta, número de fax o información del correo electrónico donde se realizará el desistimiento se realizará la notificación, h) Información sobre si el consumidor no podrá utilizar el derecho de desistimiento o en qué condiciones el consumidor perderá el derecho de desistimiento si el derecho de desistimiento no puede utilizarse de conformidad con el artículo 15, i) Depósitos u otras garantías financieras que deba pagar o proporcionar el consumidor, en su caso, a solicitud del vendedor o prestador, y las condiciones relacionadas con las mismas, i) Medidas técnicas de protección que puedan afectar la funcionalidad de los contenidos digitales, en su caso, j) Información sobre con qué hardware o software puede funcionar el contenido digital que el vendedor o proveedor conoce o espera razonablemente saber, k) Información que los consumidores pueden presentar sus solicitudes de disputa al Tribunal del Consumidor o al Comité de Arbitraje del Consumidor. (2) La información especificada en el primer párrafo es parte integrante del acuerdo a distancia y esta información no puede modificarse a menos que las partes acuerden expresamente lo contrario. (3) Si el vendedor o el prestador no cumple con la obligación de informar sobre los costos adicionales contenidos en el inciso d) del primer párrafo, el consumidor no está obligado a cubrirlos. (4) El precio total establecido en la letra d) del párrafo primero deberá incluir los costes totales en función de cada período de facturación en contratos de duración indefinida o contratos de suscripción de duración determinada. (5) En los contratos establecidos por subasta o reducción, se podrá incluir información relativa a la persona que realiza la subasta en lugar de la información contenida en los párrafos (b), (c) y (ç) del párrafo primero. (6) La carga de la prueba de que se ha proporcionado información preliminar corresponde al vendedor o al proveedor.
El método de la información preliminar.
ARTÍCULO 6 -(1) El consumidor deberá ser informado por escrito por el vendedor o prestador de manera clara, sencilla y legible de acuerdo con la herramienta de comunicación remota utilizada, con un tamaño mínimo de doce puntos, de conformidad con el primer párrafo del artículo. 5, o con un dispositivo de almacenamiento de datos permanente. (2) Si el contrato a distancia se establece a través de Internet, el vendedor o el prestador; prestando atención a la obligación de información contenida en el primer párrafo del artículo 5, a), d), g) y h) del mismo párrafo en su conjunto, inmediatamente antes de que el consumidor tenga la obligación de mostrar claramente la información contenida por separado, b) Si se aplican restricciones de envío y qué medios de pago se aceptan, el consumidor deberá indicarlo clara y claramente a más tardar antes de realizar el pedido. (3) Si un contrato a distancia se establece mediante comunicación de voz, el vendedor o prestador deberá informar clara y claramente al consumidor en este entorno inmediatamente antes de realizar un pedido sobre las cuestiones contenidas en los párrafos (a), (d), (g) y h) del primer párrafo del artículo 5 y enviar toda la información contenida en el primer párrafo del artículo 5 por escrito a más tardar en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios. (4) Si un contrato a distancia se establece a través de un entorno donde se proporciona información sobre el pedido en un espacio o tiempo limitado, el vendedor o prestador deberá informar clara y claramente al consumidor en este entorno inmediatamente antes de realizar un pedido en las materias contenidas en párrafos (a), (b), (d), (g) y (h) del primer párrafo del artículo 5 y enviar toda la información contenida en el primer párrafo del artículo 5 por escrito a más tardar en la entrega de las mercancías o desempeño de los servicios. (5) En los contratos de compraventa de servicios establecidos por los métodos especificados en los párrafos tercero y cuarto y ejecutados inmediatamente, bastará con que el consumidor esté clara y claramente informado sobre las cuestiones contenidas en los incisos (a), (b), (d) y (h) del primer párrafo del artículo 5 en este entorno inmediatamente antes de realizar un pedido. Confirmación de información preliminar ARTÍCULO 7 - (1) El vendedor o proveedor debe asegurarse de que el consumidor confirme que ha obtenido información preliminar por los métodos especificados en el artículo 6 de acuerdo con la herramienta de comunicación remota utilizada. En caso contrario, el contrato se tendrá por no establecido. Otras obligaciones en materia de información preliminar ARTÍCULO 8 -(1) El vendedor o el proveedor deberá informar clara y claramente al consumidor que el pedido realizado implica la obligación de pagar inmediatamente antes de que el consumidor apruebe el pedido. De lo contrario, no está relacionado con el pedido del consumidor. (2) Si el vendedor o proveedor llama al consumidor por teléfono con el fin de establecer un acuerdo a distancia, el vendedor o proveedor deberá revelar su identidad al inicio de cada llamada, si está buscando la identidad de otra persona. nombre o cuenta, la identidad de esta persona y el propósito comercial de la llamada. CAPÍTULO TRES Del ejercicio del derecho de desistimiento y de las obligaciones de las partes Derecho de desistimiento ARTÍCULO 9 -(1) El consumidor tiene derecho a desistir del contrato dentro de los catorce días sin dar ningún motivo y sin pagar condiciones punitivas. (2) El plazo del derecho de desistimiento comienza el día en que se establece el contrato en los contratos de prestación de servicios; y en los contratos de entrega de bienes, el día en que el consumidor o el tercero que éste determine reciba la entrega de los bienes. Sin embargo, el consumidor también podrá ejercitar el derecho de desistimiento durante el período comprendido entre la celebración del contrato y la entrega del bien. (3) Al determinar el plazo del derecho de desistimiento; a) Para bienes sujetos a un solo pedido y entregados por separado, el consumidor o un tercero designado por el consumidor recibe el último artículo el día de la entrega, b) Para bienes que constan de más de una parte, el consumidor o un el tercero designado por el consumidor recibe el último artículo, c) Para los contratos en los que la entrega regular de bienes se realiza por un período de tiempo determinado, el consumidor o un tercero designado por el consumidor recibe el primer artículo en función del día en el que el consumidor recibe el primer artículo. (4) La entrega de la mercancía al transportista por parte del vendedor no se considera entrega al consumidor. (5) En los contratos en los que la entrega de bienes y la prestación de servicios se realicen conjuntamente, se aplicarán las disposiciones del derecho de desistimiento relacionadas con la entrega de bienes. Información incompleta ARTÍCULO 10 -(1) El vendedor o prestador está obligado a acreditar que el consumidor ha sido informado sobre el derecho de desistimiento. Si el consumidor no está debidamente informado sobre el derecho de desistimiento, no estará obligado dentro del plazo de catorce días para ejercer el derecho de desistimiento. En cualquier caso, este plazo expirará al año de la fecha de vencimiento del plazo de desistimiento. (2) Si la notificación requerida del derecho de desistimiento se realiza dentro de un período de un año, el período de catorce días del derecho de desistimiento comienza a operar a partir del día en que se realiza esta notificación según lo requerido. Ejercicio del derecho de desistimiento.
ARTÍCULO 11 - (1) La notificación del ejercicio del derecho de desistimiento es suficiente con enviarse al vendedor o proveedor por escrito o con un dispositivo de almacenamiento de datos permanente antes de la expiración del derecho de desistimiento. (2) En el ejercicio del derecho de desistimiento, el consumidor podrá utilizar el formulario contenido en el ANEXO, así como realizar una declaración explícita notificando la decisión de desistimiento. El vendedor o proveedor también puede ofrecer una opción a través del sitio web para que el consumidor complete este formulario o envíe una declaración de retiro. Si el derecho de desistimiento se ofrece a los consumidores a través del sitio web, el vendedor o prestador deberá transmitir inmediatamente al consumidor la información de confirmación de que las solicitudes de desistimiento presentadas por los consumidores le han llegado. (3) Para las ventas realizadas por comunicación de voz, el vendedor o el proveedor deberá enviar el formulario contenido en el ANEXO al consumidor a más tardar en la entrega del bien o la prestación del servicio. El consumidor podrá utilizar este formulario para ejercer el derecho de desistimiento en dichas ventas, así como utilizar los métodos del segundo párrafo. (4) La obligación de demostrar el uso del derecho de desistimiento mencionado en este artículo corresponde al consumidor. Obligaciones del vendedor o proveedor ARTÍCULO 12 - (1) El vendedor o proveedor está obligado a reembolsar todos los pagos pagados, incluidos los costos de entrega de los bienes al consumidor, si los hubiere, dentro de los catorce días siguientes a la fecha de recepción de la notificación. que el consumidor ha ejercido el derecho de desistimiento. Pagar los reembolsos pagados (2) El vendedor o el proveedor está obligado a realizar todos los reembolsos especificados en el primer párrafo a la vez de acuerdo con el instrumento de pago utilizado por el consumidor al comprar y sin incurrir en ningún costo u obligación para el consumidor. (3) En el ejercicio del derecho de desistimiento, de conformidad con el inciso g) del primer párrafo del artículo 5, si los bienes se devuelven a través del transportista especificado por el vendedor para su devolución, el consumidor no será considerado responsable. por los gastos relacionados con la devolución. Si el vendedor no especifica ningún transportista para la devolución en la información preliminar, no se podrá cobrar al consumidor ningún precio relacionado con el costo de devolución. En caso de que el transportista especificado en la información preliminar para la devolución no tenga una sucursal en el lugar donde se encuentra el consumidor, el vendedor está obligado a asegurarse de que los bienes a devolver sean recibidos del consumidor sin solicitar ningún costo adicional. Obligaciones del consumidor ARTÍCULO 13 -(1) A menos que el vendedor o proveedor haga una oferta de devolver los bienes, el consumidor deberá devolver los bienes al vendedor o proveedor o a la persona que haya autorizado dentro de los diez días siguientes a la fecha en al cual le ha enviado la notificación de que ha ejercido el derecho de desistimiento. (2) El consumidor no es responsable de los cambios y distorsiones que se produzcan si utiliza el producto de acuerdo con su funcionamiento, características técnicas e instrucciones de uso durante el plazo de desistimiento. El efecto del ejercicio del derecho de desistimiento en los acuerdos paralelos ARTÍCULO 14 - (1) Siempre que se reserven las disposiciones del artículo 30 de la Ley, los acuerdos paralelos también terminarán espontáneamente si el consumidor ejerce el derecho de desistimiento. En este caso, el consumidor no está obligado a pagar ningún coste, compensación o condición punitiva, excepto en los casos especificados en el segundo párrafo del artículo 13. (2) El vendedor o el proveedor deberá informar inmediatamente al tercero, que es parte al contrato complementario, que el consumidor ha ejercido el derecho de desistimiento. Excepciones al derecho de desistimiento ARTÍCULO 15 - (1) Salvo acuerdo en contrario de las partes, el consumidor no podrá ejercer el derecho de desistimiento en los siguientes contratos: a) Contratos de bienes o servicios cuyo precio varía en función de las fluctuaciones de los mercados financieros y que no están bajo el control del vendedor o proveedor. b) Contratos de bienes elaborados de acuerdo con los deseos o necesidades personales del consumidor. c) Contratos de entrega de bienes que puedan deteriorarse rápidamente o caducar. ç) Mercancías cuyos elementos de protección como embalaje, cinta, precinto, paquete hayan sido abiertos después de la entrega; contratos para la entrega de aquellos cuyo retorno no sea el adecuado desde el punto de vista de la salud y la higiene. d) Contratos de bienes que se mezclan con otros productos después de la entrega y no pueden separarse por su naturaleza. e) Contratos de libros, contenidos digitales y consumibles informáticos presentados en el entorno material si los elementos protectores como embalaje, cinta, precinto, paquete han sido abiertos después de la entrega de los bienes. f) Los contratos de envío de publicaciones periódicas como periódicos y revistas, salvo los previstos en el contrato de suscripción. g) Los contratos relacionados con alojamiento, transporte de mercancías, alquiler de vehículos, suministro de alimentos y bebidas y valoración del tiempo libre realizados con fines de entretenimiento o recreación que deban realizarse en una fecha o período determinado. d) Contratos relacionados con servicios realizados instantáneamente en ambiente electrónico o bienes intangibles entregados instantáneamente al consumidor. h) Contratos relacionados con servicios, cuya ejecución se inició con la aprobación del consumidor antes de la expiración del plazo de desistimiento.

CUARTA PARTE Otras Disposiciones Ejecución del contrato y entrega ARTÍCULO 16 -(1) El vendedor o prestador está obligado a cumplir con la ejecución del pedido del consumidor dentro del plazo comprometido por él a partir de la fecha de llegada. En el caso de ventas de bienes, este plazo no podrá exceder en ningún caso de treinta días. (2) En caso de que el vendedor o el proveedor incumpla la obligación establecida en el primer párrafo, el consumidor podrá resolver el contrato. Pago de los intereses pagados y de los intereses de demora (3) En caso de resolución del contrato, el vendedor o el prestador está obligado a reembolsar todos los pagos cobrados, incluidos los gastos de envío, en su caso, al consumidor en el plazo de catorce días a partir de la fecha de recepción del aviso de terminación, junto con el interés legal determinado de conformidad con el artículo 1 de la Ley N° 3095, de 12/04/1984 y a devolver todos los títulos negociables y documentos similares, si los hubiere, que endeudaron al consumidor. (4) En los casos en que el cumplimiento de los bienes o servicios objeto del pedido resulte imposible, el vendedor o prestador deberá notificar al consumidor por escrito o mediante un dispositivo de almacenamiento permanente de datos dentro de los tres días siguientes a la fecha de conocimiento de esta situación y devolverlo. todos los pagos efectuados, incluidos los gastos de envío, si los hubiere, a más tardar catorce días a partir de la fecha de notificación. El hecho de que la mercancía no esté en stock no se considera imposibilidad de cumplir con las prestaciones de la mercancía. Responsabilidad por daños ARTÍCULO 17 -(1) El vendedor es responsable de las pérdidas y daños sufridos antes de la entrega de la mercancía a un tercero que será determinado por el consumidor o por el consumidor distinto del transportista. (2) Si el consumidor solicita que los bienes sean enviados por un transportista distinto del designado por el vendedor, el vendedor no es responsable de ninguna pérdida o daño que pueda ocurrir desde la fecha de entrega de los bienes al transportista correspondiente. Tarifa por uso de teléfono ARTÍCULO 18 -(1) Si el vendedor o proveedor asigna una línea telefónica para que los consumidores contacten en relación con el contrato que se ha establecido, el vendedor o proveedor no podrá elegir una tarifa superior a la tarifa habitual en relación con esta línea. Pagos adicionales ARTÍCULO 19 -(1) Antes de establecerse el contrato, deberá obtenerse por separado la aprobación explícita del consumidor para solicitar cualquier precio adicional distinto al precio base pactado que surja de la obligación contractual. Pagar deudas (2) Si el consumidor ha realizado un pago debido a que las opciones que dan lugar a obligaciones de pago adicionales se han presentado espontáneamente sin la aprobación explícita del consumidor, el vendedor o el prestador deberá realizar la devolución de estos pagos. inmediatamente. Conservación de la información y obligación de prueba ARTÍCULO 20 -(1) El vendedor o prestador está obligado a conservar la información y los documentos relacionados con cada transacción respecto del derecho de retiro, información, entrega y demás obligaciones reguladas en este Reglamento durante tres años. (2) Quienes median en el establecimiento de un contrato a distancia en nombre del vendedor o proveedor utilizando o haciéndoles utilizar herramientas de comunicación remota en el marco del sistema que hayan creado están obligados a mantener registros de las transacciones con el vendedor o proveedor durante tres años por las cuestiones contenidas en el presente Reglamento y facilitar esta información a las instituciones, organizaciones y consumidores pertinentes si así lo solicitan. (Frase adicional: OG-9/2 Octubre 2019-30681) Sin embargo, si el contrato de suscripción se establece a través de una plataforma electrónica pública común donde se prestan servicios públicos desde un solo punto, la obligación de llevar registros y proporcionar información es del vendedor. o proveedor. (3) El vendedor o el proveedor está obligado a demostrar que los bienes o servicios intangibles entregados al consumidor en un entorno electrónico no son vergonzosos. EPISODIO QUINTO Disposiciones Diversas y Finales Reglamento derogado ARTÍCULO 21 -(1) Queda derogado el Reglamento sobre Contratos a Distancia publicado en el Diario Oficial de fecha 3/06/2011 y numerado 27866. Promulgación ARTÍCULO 22 - (1) El presente Reglamento entrará en vigor tres meses después de la fecha de su publicación. Ejecución ARTÍCULO 23 - (1) Las disposiciones del presente Reglamento serán ejecutadas por el Ministro de Aduanas y Comercio.